El régimen de medidas contra el terrorismo establecido por el Consejo de Seguridad de la ONU carece de base legal, según señaló el relator especial de las Naciones Unidas sobre los derechos humanos y las medidas antiterroristas, Martin Scheinin.
Aún no existe una definición consensuada universalmente sobre el delito de terrorismo, lo que dificulta imponer obligaciones a los Estados, afirma el relator.
Al presentar su informe anual ante la Asamblea General, Scheinin sostuvo que las obligaciones impuestas por la Resolución 1373 de 2001, adoptada después de los ataques terroristas del 11 de septiembre de ese año, constituyen una medida de carácter quasi legislativo, que es ilimitada en tiempo y espacio.
Sin embargo, la justicia carece de un cuerpo legislativo para juzgar los temas relacionados con el mecanismo de listas de terroristas que mantiene el órgano de seguridad, entre otros.
“Es imprescindible que los individuos y entidades incluidos en esa lista tengan acceso a tribunales en sus países que puedan desafiar cualquier medida que implementen las sanciones resultantes de decisiones políticas adoptadas por diplomáticos”, subrayó el experto.
La resolución llama a todos los Estados a abstenerse de organizar o apoyar actos terroristas en otro Estado o en su territorio.
Otros casos
Un ejemplo de la falta de cuerpo legal es el que se da en España, donde la Asociación de Víctimas del Terrorismo denunció que existen 330 asesinatos de ETA que no tienen sentencia, ya que no se ha podido determinar la autoría de los crímenes o porque no han sido detenidos.
De esta forma, muchas de las causas han prescrito al haber pasado más de 20 años desde que se cometiera el delito.