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México: juzgar a militares


Organizaciones como Amnistía Internacional en su capítulo México y Human Rights Watch celebraron la decisión.

En un resolutivo histórico, la Suprema Corte de Justicia de México determinó limitar el llamado “fuero militar” y que en casos de violaciones a derechos humanos, los elementos de las Fuerzas Armadas no sean procesados por jueces castrenses sino civiles.

La Suprema Corte de Justicia tomó esta decisión al revisar la sentencia dictada por la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el caso de la desaparición forzada del dirigente social Rosendo de Radilla, ocurrida en 1974, en la cual se establece que el artículo 57 del Código de Justicia Militar es contrario a los tratados internacionales sobre derechos humanos

El artículo citado indica que todos los delitos cometidos por soldados en ejercicio de sus funciones deben ser procesados por el fuero militar sin importar si hay civiles involucrados.

“No puede operar el fuero militar frente a situaciones que vulneren derechos fundamentales”, dijo la ministra Olga Sánchez.

En un comunicado emitido por la noche, las secretarías de Defensa, Marina y Gobernación aceptaron los "criterios orientadores" de la Corte y ofrecieron cooperación en los casos concretos. Además informaron que se fortalecerá la aplicación de la jurisdicción militar en la conservación de la disciplina castrense.

Organizaciones como Amnistía Internacional en su capítulo México y Human Rights Watch celebraron la decisión de los ministros de la Corte.

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