La viceministra de Política Interior y Seguridad Jurídica venezolana, Alana Zuloaga, defendió ante la ONU la gestión estatal para las personas con diversidad funcional. Aunque las leyes protegen sus derechos, ONG y entes internacionales apuntan más a las carencias.
“En Venezuela se garantiza el desarrollo integral de las personas con discapacidad, de manera plena y autónoma, de acuerdo con sus capacidades”, aseguró la semana pasada la viceministra de Política Interior y Seguridad Jurídica, Alana Zuloaga, ante Naciones Unidas.
El Comité de Derechos Humanos de la ONU había recibido en 2019 el informe oficial sobre los derechos de estas personas en el país, pero la pandemia pospuso los encuentros de examen hasta marzo de este año. Según publicó el viernes 18 el Ministerio de Relaciones Interiores, Justicia y Paz, los lideraron vía telemática tanto Zuloaga como el vicepresidente de Socialismo Social y Territorial y ministro de Deporte y Juventud, Mervin Maldonado.
Venezuela cuenta con legislación, programas e instituciones para las personas con discapacidad, pero oenegés locales, académicos y organismos internacionales han apuntado más a los fallos y carencias en el acceso a sus derechos, incluso antes de la crisis económica.
Derechos reconocidos
La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela de 1999 menciona a las personas con discapacidad en sus artículos 81, 83, 103 y 178. El primero establece que “toda persona con discapacidad o necesidades especiales tiene derecho al ejercicio pleno y autónomo de sus capacidades y a su integración familiar y comunitaria”, y que el Estado se los garantizará junto con la sociedad y las familias.
Con la reforma de Costa Rica en 2019, en la región solo las constituciones vigentes de Chile y Haití no las mencionan. Así lo recoge el documento Las personas con discapacidad en América Latina: del reconocimiento jurídico a la desigualdad real, que la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (Cepal) de la ONU publicó en 2011. En el caso de Venezuela, las referencias cubren accesibilidad, educación, empleo/trabajo, ingresos y seguridad social, y vida en familia e integridad personal.
La Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (CPDP) de la ONU las entiende como “aquellas [personas] que tengan deficiencias físicas, mentales, intelectuales o sensoriales a largo plazo que, al interactuar con diversas barreras, puedan impedir su participación plena y efectiva en la sociedad, en igualdad de condiciones con las demás”. El acuerdo obliga a las partes a promover, proteger y garantizar sus derechos e igualdad ante la ley. Se aprobó en 2006 y Venezuela lo ratificó junto a la Convención Interamericana para la Eliminación de la Discriminación contra las personas con Discapacidad. La CPDP entró en vigor en 2008 junto con su Protocolo Facultativo, que añadió un mecanismo de denuncias individuales como el de otros acuerdos internacionales de derechos humanos.
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También en relación con personas en estas situaciones, Venezuela cuenta con la Ley del Seguro Social, la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo, normas para edificios públicos y el urbanismo, legislación estadal y ordenanzas municipales, ente otras disposiciones e iniciativas como la Misión (médica) José Gregorio Hernández. A nivel ciudadano, en el país existen organizaciones públicas y privadas para personas con discapacidad motriz, auditiva, visual, intelectual y visceral, es decir, en algún órgano interno, que según el caso aterrizan o suplen la política pública.
Además, la LPCD creó el Sistema Nacional de Atención Integral a las Personas con Discapacidad e impulsó el nuevo Consejo Nacional para las Personas con Discapacidad (Conapdis). Su presidenta, Soraida Ramírez Osorio, participó en los encuentros con la ONU junto a Alana Zuloaga, Mervin Maldonado y el secretario ejecutivo del Consejo Nacional de Derechos Humanos, Larry Devoe. En ellos defendió la labor de los ministerios de Trabajo, Comunicación y Energía hacia las personas con discapacidad, así como a distintos programas gubernamentales focalizados en la orientación familiar o el empoderamiento de las mujeres.
Más allá de la norma
El Conadpis certifica la condición de persona con discapacidad en Venezuela, a partir del artículo 7 de la LCPD, y “debe mantener un Registro Nacional de Personas con Discapacidad, organizado por estados, municipios, parroquias y comunidades”, según indica el artículo 68.
Sin embargo, como el propio organismo recogió del encuentro con la ONU, el sistema “sigue en construcción” quince años después de que Chávez sancionó la ley. Por tanto, el dato público más reciente es el censo del Instituto Nacional de Estadística de 2011, en el que en torno a un millón y medio de venezolanos (un 5%) declararon tener alguna discapacidad.
También lea El reto de los discapacitados en Venezuela: "Cuando se va la luz tenemos que rodar y rodar"Ya en 2006, la experta en educación inclusiva Pilar Samaniego de García había publicado el libro Aproximación a la realidad de las personas con discapacidad en Latinoamérica. La investigación estimaba un 70 % de desempleo entre las personas con discapacidad en la región por su falta de acceso a servicios, como el transporte, además de la situación económica general y pese a las políticas de inserción laboral. Asimismo, destacaba que en Venezuela y Argentina las iniciativas privadas de oenegés para la capacitación laboral eran más "promisorias".
Sobre la educación, la investigadora Maryianela Maita Guédez, de la Universidad de los Andes, publicó en 2011 el artículo Derecho de las personas con discapacidad a la inclusión en la educación universitaria venezolana, que recopila los avances en la ley venezolana desde la Constitución de 1999 y los acuerdos internacionales posteriores. El texto, por ejemplo, cita que los matriculados en universidades públicas aumentaron a partir de la garantía legal de sus derechos por encima de la buena voluntad de los centros educativos.
Ese mismo año la Organización Mundial de la Salud publicó su Informe mundial sobre la discapacidad. El documento incluía a Venezuela en el rubro de rehabilitación, y lo ubicaba entre los países con menos de un terapeuta ocupacional por cada 10.000 habitantes, con datos del censo de 2001.
Ahora bien, pese a la nueva legislación a partir de 1999 y 2006, los datos y críticas han ido tanto a la falta de implementación como al espíritu de las leyes. El artículo La discapacidad desde las fronteras de la normatividad venezolana, de María de los Ángeles Ferrer (Universidad Tecnológica Metropolitana) y Adán Oberto (Universidad del Zulia), apunta a cómo la LPCD concibe la discapacidad y a que puede condicionar su implementación.
Según concluyeron los autores, “la legislación venezolana asume la misma desde el antiguo paradigma médico, ubicando el problema en la condición física del individuo, apuntando sus características morfológicas le imposibilitan realizar las actividades consideradas ‘normales’ dentro de la sociedad”. Mientras tanto, la Convención de la ONU “contempla una concepción mucho más actualizada de la discapacidad, definiéndola como un problema de la interacción entre un individuo con una condición de salud dada y el entorno donde se desenvuelve”.
La sociedad civil, protagonista
En paralelo a las autoridades venezolanas, diecisiete organizaciones de la sociedad civil presentaron en 2019 el Informe alternativo para el examen inicial de Venezuela en la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad. Liderado por la Confederación de Sordos de Venezuela (Consorven), también formó parte de los encuentros de examen con la ONU.
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El documento abarca la situación de exclusión de las personas con discapacidad en Venezuela en una veintena de ámbitos sociales. Los enmarca en una legislación desactualizada a nivel regional y municipal, y en una “emergencia humanitaria compleja negada por el Estado” que “impide su acceso a una protección humanitaria efectiva y urgente”. Además, señala las “deficiencias en la efectiva aplicación de las leyes vigentes, la implementación de programas de desarrollo y la prestación de servicios de apoyo”.
El presidente de Consorven, Juan Ángel de Gouveia, ha denunciado que la situación se agravó con la pandemia, entre falta de alimentos y servicios médicos, acceso inadecuado a los centros de salud o incluso el encarcelamiento de personas con discapacidad intelectual sin que se les expliquen las razones.
También enmarcado en la crisis humanitaria y la pandemia, la Agencia de la ONU para los refugiados (Acnur) y la Red Latinoamericana de Personas con Discapacidad y sus Familias (Riadis) publicaron en 2021 su Estudio regional sobre la situación de las personas con discapacidad refugiadas, desplazadas y migrantes en América Latina. Sobre Venezuela, con el mayor éxodo regional, el documento identifica veintidós tipos de barreras para estas personas y quince procesos para superarlas, pero ninguno asociado a la realidad venezolana. Asimismo, señala áreas críticas como la accesibilidad, la atención a las condiciones económicas y laborales, y la participación en el desarrollo de políticas y programas.
En el informe, las recomendaciones de Acnur y Riadis apuntan precisamente a la accesibilidad física, de comunicación e información, al desarrollo de programas específicos, a la necesidad de datos desagregados por discapacidad y a las alianzas entre el sistema humanitario y las organizaciones de personas con discapacidad. Aunque se enfocan en personas refugiadas, desplazadas y migrantes, van en línea con las del informe de Corsoven, que parten de que el Estado venezolano desarrolle un registro actualizado a partir del cual desarrollar una política pública integral para las personas con discapacidad.
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