Una parlamentaria oficialista venezolana aseguró en días recientes que un grupo de personas quiere proponer reformas a la Constitución para despojar de su nacionalidad a opositores que hayan incurrido en “delitos graves contra la patria”, entre los que citó un presunto intento de “magnicidio” y “robo de recursos” del Estado.
“Hay un grupo de gente que quiere proponer que la Constitución tenga reformas importantes como por ejemplo que esas conductas reprochables, criminales de esos personajes signifique la perdida de la nacionalidad”, dijo la diputada miembro de la Comisión Permanente de Política Exterior, Soberanía e Integración del Parlamento de mayoría oficialista, Ilenia Medina, en una entrevista con un medio afín al gobierno venezolano la semana pasada.
“Son propuestas de gente que está evaluando que hasta cuando podemos permitir que esta gente continue horadando nuestra patria”, continuó en referencia a dirigentes opositores como Leopoldo López o Juan Guaidó, señalados por el presidente Nicolás Maduro de propiciar actos desestabilizadores contra su gobierno.
Las declaraciones se viralizaron en redes sociales y recordaron cuando, a principios de este año, el gobierno de Daniel Ortega, quitó la nacionalidad nicaragüense a decenas de opositores y activistas.
¿Puede un venezolano ser despojado de su nacionalidad?
El artículo 35 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (CRBV) es claro y establece que los venezolanos o venezolanas por nacimiento, “no podrán ser privados o privadas de su nacionalidad”.
Precisa, sin embargo, que la nacionalidad venezolana por naturalización (proceso en el que un extranjero obtiene la nacionalidad) “sólo podrá ser revocada mediante sentencia judicial, de acuerdo con la ley”.
La Ley de Nacionalidad y Ciudadanía de Venezuela se refiere a la “imposibilidad de privación de la nacionalidad venezolana por nacimiento”.
“La nacionalidad venezolana por nacimiento no podrá ser revocada o suspendida ni de alguna otra forma disminuida o privada por ninguna autoridad”, establece el artículo 12.
En todo caso, la forma en la que un venezolano por nacimiento podría perder la nacionalidad sería renunciando a ella. El artículo 36 de la CRBV señala que se puede renunciar a la nacionalidad y, además, precisa cómo puede recuperarse.
La nacionalidad venezolana “no se pierde al adquirir otra nacionalidad, salvo que se renuncie a ella expresamente ante la autoridad competente para tal fin”, expone el artículo 6 de la Ley de Nacionalidad y Ciudadanía.
Consultado por la Voz de América, el abogado y profesor de derecho constitucional de la Universidad Central de Venezuela (UCV), Nelson Chitty La Roche, también se refiere al artículo 19 de la Constitución e insiste en que la nacionalidad venezolana “es un derecho propio de los connacionales”.
“El Estado garantizará a toda persona, conforme al principio de progresividad y sin discriminación alguna, el goce y el ejercicio irrenunciable, indivisible e interdependiente de los derechos humanos. Su respeto y garantía son obligatorios para los órganos del Poder Público de conformidad con esta Constitución, con los tratados sobre derechos humanos suscritos ratificados por la República y con las leyes que los desarrollen”, establece el artículo.
Oscar Arnal, abogado de la Universidad Católica Andrés Bello (UCAB) y profesor de derecho constitucional en la Universidad Central de Venezuela (UCV), sostiene que las amenazas de quitar la nacionalidad a dirigentes venezolanos se traducen en un “desconocimiento absoluto” de la Constitución.
“Está tan claro en la Constitución que ahí no podría haber ningún tipo de interpretación en contrario. Por ese lado no se puede repetir el escenario de Nicaragua, en ese sentido concreto”, comenta mientras subraya que enmendar el artículo de la CRBV relacionado con la nacionalidad significaría una violación a los derechos humanos.
Consultado por VOA sobre la posibilidad de que el gobierno venezolano busque mecanismos en el supuesto de buscar despojar a opositores de su nacionalidad, Arnal no descarta que pudiera presentarse el escenario, pero mediante “malabarismos jurídicos y violando tajantemente la Constitución”.
Además, subraya que, a pesar de su inconstitucionalidad, el gobierno ha recurrido a las inhabilitaciones políticas para intentar neutralizar a la oposición.
Recientemente se conoció que la candidata a la primaria presidencial de la oposición, María Corina Machado, fue inhabilitada para ejercer cargos públicos. En la misma situación se encuentran los candidatos Henrique Capriles y Freddy Superlano; no tienen obstáculos para participar en la primaria, pero sí en la elección presidencial de 2024.
Miembros de la sociedad civil han denunciado que las inhabilitaciones son “inconstitucionales”, “arbitrarias” y que han sido utilizadas por el gobierno para “sacar de juego” a opositores o chavistas disidentes que aspiran a un cargo de elección popular.
¿Qué dice la Constitución sobre las enmiendas?
En el título de la CRBV dedicado a la reforma constitucional, el artículo 340 especifica que “la enmienda tiene por objeto la adición o modificación de uno o varios artículos” de la Constitución, “sin alterar su estructura fundamental”.
El artículo 341 establece que la iniciativa de enmienda podrá partir del quince por ciento de los ciudadanos inscritos en el Registro Civil y Electoral; o de un treinta por ciento de los integrantes de la Asamblea Nacional (AN) o del presidente o presidenta de la República en Consejo de Ministros.
En el caso de que la iniciativa parta de la AN, requerirá la aprobación de ésta por la mayoría de sus integrantes y se discutirá, según el procedimiento establecido en la Constitución para la formación de leyes. Posteriormente, el Poder Electoral debe someter a referendo las enmiendas a los treinta días siguientes a su recepción formal.
En al menos otras dos ocasiones, en 2019 y en 2021, parlamentarias oficialistas han planteado la idea de revocar la nacionalidad a dirigentes opositores señalados de presunta traición a la patria y conspiración.
Desde hace varios años Venezuela vive una compleja y turbulenta situación política marcada por varias acciones consideradas inconstitucionales por diversos sectores de la sociedad civil que, pidiendo un cambio político, protagonizaron en 2014 y 2017 protestas antigubernamentales que fueron consideradas como intentos de desestabilización y fueron reprimidas por los cuerpos de seguridad del Estado.
En 2019 Juan Guaidó fue proclamado presidente interino de Venezuela y fue reconocido por al menos cincuenta países, argumentando que el proceso electoral en el que en 2018 Maduro obtuvo la reelección fue “fraudulento”. Desde entonces, activos de Venezuela congelados en el exterior se encuentran “protegidos” para la oposición y “secuestrados” para el gobierno.
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